Monday, January 6, 2020

Cómo aplicar para no pagar tarifas al USCIS

Dependiendo de la situacià ³n econà ³mica y del beneficio migratorio que se solicite es posible que un inmigrante pueda beneficiarse de una exencià ³n y no tenga que pagar las tarifas migratorias. Asegà ºrate primero de que calificas para no pagar. Si ese es el caso, en este artà ­culo se explica cà ³mo aplicar, quà © evidencia ha que enviar con el formulario y cuà ¡les pueden ser los riesgos de solicitar esta exencià ³n de pagos al Servicio de Inmigracià ³n y Ciudadanà ­a (USCIS), por sus siglas en inglà ©s. Cà ³mo se solicita no pagar por trà ¡mites migratorios Los trà ¡mites son un poco diferentes segà ºn la razà ³n por la que se solicita no tener que pagar el arancel. Si la razà ³n por la que se solicita es que se es recibe ayuda calificada de means-tested Quà © enviar El formulario (forma) I-912.Evidencia de que se recibe el beneficio: carta u otro documento de la agencia que lo paga (Medicaid, SNAP -cupones de alimentos-, TANF, SSI, etc.). Debe incluir el nombre y apellidos de la persona que se beneficia. Quià ©n puede solicitar la exencià ³n del pago migratorio por esta causa Obviamente, el beneficiado de la ayuda calificada de means-tested. Pero tambià ©n el marido, la mujer, los hijos solteros menores de 21 aà ±os o muchachos en acogimiento familiar en esas mismas circunstancias.Tambià ©n si se es estudiante a tiempo completo y se tiene menos de 24 aà ±os y se està ¡ soltero y se vive en el hogar del padre o la madre que recibe ese beneficio. Asimismo, los hijos adultos que viven con progenitores que reciben SSI. Si se recibe algà ºn tipo de ayuda federal o del estado por ingresos bajos y no se sabe con certeza si se califica como means-tested, preguntar a la agencia que paga. Si la razà ³n es vivir en un hogar con ingresos inferiores al 150 por ciento de la là ­nea de la pobreza La là ­nea de la pobreza es una cantidad que establece cada aà ±o el gobierno federal.   Depende del tamaà ±o de la familia, por lo que es fundamental seà ±alar con precisià ³n cuà ¡ntas personas conforman la unidad familiar. Cà ³mo se computan el nà ºmero de personas que forman la familia Incluirse a: Uno mismo, es decir, la persona que quiere no pagar el trà ¡mite migratorio.Incluir el esposo o esposa, a menos que se està © legalmente separado o divorciado.Los hijos u otros nià ±os sobre los que se tiene custodia legal, siempre y cuando sean menores de 21 aà ±os, està ©n solteros y vivan con el solicitante del beneficio de no pagar al USCIS. Tambià ©n se les cuenta si son mayores de esa edad pero menores de 24, solteros, estudian a tiempo completo y viven en el hogar.Los padres del solicitante si tambià ©n viven en la misma vivienda.Los hijos y otras personas sobre las que se tiene custodia legal y està ¡n solteros, con independencia de la edad, si tienen alguna incapacidad fà ­sica o mental que les impide cuidarse por sà ­ mismos. Cà ³mo se computan los ingresos Las personas separadas legalmente o divorciadas deben incluir lo que la ex pareja aporta en concepto de pago de alimentos o alimony. Pero si se aplica para no pagar por la solicitud de un beneficio migratorio relacionado con visa U o T, no es necesario proveer con los ingresos de la ex pareja. Cà ³mo se aplica y quà © documentacià ³n enviar Llenar el formulario I-912Enviar documentos que sirvan como evidencia de tener pocos ingresos: la planilla de impuestos del à ºltimo aà ±o (federal tax returns). Si no se presentà ³, copias de los recibos de la nà ³mina (pay check stub) o una carta del empleador en una papel oficial de la empresa donde describa el salario que se recibe. Si no hay ingresos de ningà ºn tipo, entonces explicarla la situacià ³n en inglà ©s en la seccià ³n 6 del formulario.Evidencia de las personas que forman la unidad familiar. Si se envà ­a el tax return, deberà ­a estar ahà ­ indicado. Si no es asà ­ o se envà ­a otra evidencia entonces habrà ¡ que identificar a los miembros de la familia.Si una de las personas que vive en el hogar familiar aporta mà ¡s del 50 por ciento del soporte econà ³mico del solicitante, enviar la copia mà ¡s reciente de los Federal tax returns de esa persona. Ademà ¡s, si la persona que solicita no pagar los trà ¡mites migratorios es un Inmigrante Especial Juvenil o se aplica a su nombre es necesario enviar evidencia de: Orden del estado o de la corte que establece la custodia de ese Inmigrante Especial.Carta del hogar de acogida o de la agencia que supervisa la custodia en la que se describe que la persona no tiene recursos para pagar.Notificacià ³n de aprobacià ³n conocida como planilla I-797. Si la razà ³n por la que se solicita la exencià ³n del pago es por estar atravesando una situacià ³n econà ³mica difà ­cil En ocasiones no se recibe beneficios considerados como means-tested ni los ingresos son inferiores al 150 por ciento de la là ­nea de la pobreza. Sin embargo, todavà ­a serà ­a posible aplicar para no tener que pagar por un trà ¡mite migratorio con el USCIS si se està ¡ atravesando por una situacià ³n de dificultad econà ³mica. Por ejemplo, si recià ©n se ha perdido el empleo, o si ha habido gastos inesperados grandes, como los ocasionados por una enfermedad, accidente, etc. Cà ³mo se solicita   y quà © evidencias enviar Llenar el formulario I-912En la seccià ³n 6 describir la situacià ³n de dificultad econà ³mica.Incluir informacià ³n sobre todo tipo de ingresos   y bienes, como dinero en efectivo o en cuentas bancarias, propiedades de bienes raà ­ces, inversiones en bolsa o de otro tipo, bonos del tesoro, anualidades (excepto los de planes de pensiones).   Enviar evidencia de todo ello. Si se recibe ayuda de una iglesia u otra organizacià ³n comunitaria, es necesaria una declaracià ³n jurada (affidà ¡vit) donde se seà ±ala lo que se recibe.Incluir informacià ³n y evidencias sobre los gastos, como es el pago de la renta, de la hipoteca, costo de la comida, cuidado de nià ±os o ancianos, gastos mà ©dicos, facturas a abogados u otras de tipo legal, pagos mensuales como pensià ³n alimenticia, gastos de matrà ­cula para estudiar, transporte para trabajar, etc. Cà ³mo se llena la planilla I-912 Deben seguirse las reglas generales para completar cualquier formulario del USCIS. Es fundamenta no olvidarse de firmar.A la hora de enviar las evidencias, a menos que se pida expresamente el original, es suficiente con una copia que se pueda leer bien.Si algà ºn documento està ¡ escrito en un idioma que no sea el inglà ©s, debe traducirse. No es necesario pagar a un traductor oficial ya que se puede hacerse siguiendo este modelo de carta. Cuà ¡ndo se envà ­a la peticià ³n con la planilla I-912   y las evidencias Al mismo tiempo que se envà ­a el formulario de la aplicacià ³n o solicitud para la que se pide no tener que pagar. Incluirla en el mismo sobre.   Si se aprueba tambià ©n automà ¡ticamente aplicarà ¡ para los servicios biomà ©tricos requeridos para la peticià ³n. A dà ³nde se envà ­a el formulario con la peticià ³n Como se envà ­a en el mismo sobre que la aplicacià ³n o solicitud migratoria para la que se pide la exencià ³n del pago, el lugar al que se tienen que enviar es precisamente la que està © establecida para este tipo de solicitud. Quà © pasa si el USCIS no acepta la solicitud de no pagar Devuelve todo el expediente con una carta seà ±alando la razà ³n. Se puede volver a solicitar si faltà ³ evidencia o se puede enviar la solicitud pero aà ±adiendo el pago completo que corresponda a la tarifa. Es importantà ­simo leer bien la carta que se recibe del USCIS. En algunos casos se establece un plazo dentro del cual es necesario enviar la documentacià ³n. Tips Mentir en un documento oficial del USCIS si se descubre la mentira puede tener importantes consecuencias negativas. Antes de enviar la peticià ³n para no pagar conviene consultar con un abogado o con una organizacià ³n sin fin de lucro de ayuda a los inmigrantes. La razà ³n es que puede tener consecuencias migratorias negativas si: A la hora de analizar la aplicacià ³n o solicitud principal que se hace (no la de la exencià ³n del pago, si no la del beneficio migratorio), si se considera que el inmigrante puede convertirse en una carga pà ºblica se negarà ­a la solicitud.O si se demuestra que el inmigrante se convirtià ³ en una carga pà ºblica en los cinco aà ±os siguientes a su entrada por motivos que existà ­an ya antes. En este caso, podrà ­a dictarse una orden de deportacià ³n.Si el solicitante es residente permanente y una persona firmà ³ por à ©l o ella un affidà ¡vit, el firmante puede todavà ­a ser responsable de apoyar econà ³micamente   y puede ser demandada para reclamar gastos incurridos por el gobierno. Decisià ³n del USCIS El USCIS decide si concederla solicitud de no pagar y su decisià ³n es final e inapelable.

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